Estos serían los honorarios del Notario Público, las estampillas fiscales, y los impuestos de traspaso según los establece la ley:
- Honorarios del Notario Público: Pueden variar desde un 1% a un 2%, dependiendo del precio de la propiedad y la complejidad de la transacción. De igual manera todos los Notarios estar regulados por una tabla impuesta por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
- Estampillas fiscales: 0,8%.
- Impuesto de traspaso: 1,5%.
De acuerdo con la legislación actual de Costa Rica, la escritura de traspaso de debe realizar por el valor real de la venta, ya que dentro de la escritura se debe indicar el monto y numero del cheque de gerencia, el cual debe coincidir con el monto de la transacción
De igual manera el comprador debe emitir una declaración jurada de la procedencia de los fondos, esto es para la legitimación de capitales y es parte de la información que debe ir en la escritura de compra venta.