SI, la Constitución Política de Costa Rica, no hace diferencia entre extranjeros y locales; referente a la compra  y venta de propiedades, ambos tienen los mismos derechos. Aunque no todas las entidades bancarias le financian la compra de una propiedad a una persona extranjera o no residente.

Algunas instituciones bancarias o financieras le exigen algún tipo de arraigo en Costa Rica, como ser tener un trabajo formal en el país, estar casado con un nacional o tener un hijo costarricense, contar ya con una propiedad dentro del territorio nacional, etc.

Pero en caso de no tener ese arraigo, hay entidades bancarias que de igual manera le pueden financiar la compra de su propiedad.

Nosotros con mucho gusto lo podemos asesorar.